Santo Domingo.- La Constructora Norberto Odebrecht no podrá realizar negocios con el Estado dominicano hasta tanto el Ministerio Público finalice sus investigaciones y presente acto conclusivo, de conformidad con el artículo 150 del Código Procesal Dominicano.
La suspensión fue dictada mediante sentencia en el año 2018 por el Tribunal Superior Administrativo (TSA) ratificada por el Tribunal Constitucional (TC).
De acuerdo con la sentencia TC/0500/23, dictada en el pasado mes de agosto, el Registro de Proveedores del Estado (RPE) de la constructora multinacional continuará suspendido.
En el 2017 la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP), mediante la resolución 8/2017 de fecha 19 de enero de 2017, suspendió el RPE de la empresa brasileña, a solicitud de la Procuraduría General de la República, por existir en su contra una investigación penal abierta en la justicia.
Mientras la Dirección de Contrataciones Públicas informó que en lo va año se inhabilitado de forma temporal y permanente a 23 proveedores inscritos en el Registro de Proveedores del Estado.
El órgano regulador de las adquisiciones gubernamentales informó que impuso estas sanciones administrativas porque los suplidores incurrieron en falsificación de documentos públicos, lo que constituye una falta grave, según lo establece el numeral 5 del artículo 66 y su párrafo 1 de la Ley 340-06 de Contrataciones Públicas.
En ese sentido, la DGCP agregó que acogiéndose al principio de coordinación y colaboración de la Administración pública sometió ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y la Unidad de Investigación de delitos tributarios del Ministerio Público seis de estos expedientes a fin de que estos entes puedan establecer las consecuencias correspondientes, sean estas administrativas, civiles o penales.
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